Ver primero CÓMO
HACER NEGOCIOS EN CUBA.
Después de confirmado y suscrito el expediente por la parte
cubana y la extranjera, la solicitud de inversión se presenta
ante el MINVEC. Si los documentos están correctos, se circula
entre organismos legales de consulta ante de presentarlo ante
el Comité Ejecutivo del Consejo de Ministros o a la Comisión
de Gobierno, según corresponda, contando con un plazo de sesenta
días naturales para autorizar o denegar la solicitud de inversión.
Al ser aprobado el negocio se emite
el acuerdo o la resolución de gobierno autorizando al mismo
y se procede al acto de formalización, firmando las partes ante
notario la constitución de la futura empresa mixta o el otorgamiento
del contrato de asociación, formas establecidas para desarrollar
negocios conjuntos con Cuba, en los cuales el inversionista
extranjero aportará, fundamentalmente, financiamiento, tecnología
y mercado externo. El conocimiento de la legislación vigente
y las vías establecidas para formalizar inversiones en la isla,
facilitan a los hombres de negocios acceder a un camino seguro
para concretar sus intereses.
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